¿Estás pensando en constituir una sociedad al 50% con otro socio?
Lo primero que debes conocer cuando se funda una sociedad a medias es el gran riesgo al que te podrías enfrentar, que no es otro que las posibles discrepancias de criterio a la hora de la toma de decisiones, una situación que podría llegar a paralizar la sociedad.
Para evitar situaciones como la anteriormente descrita, es recomendable adelantarse al problema articulando, al inicio de las relaciones societarias y a través de la firma de Pactos Parasociales, mecanismos de desbloqueo, complementando o especificando de este modo las relaciones internas de los socios de la nueva compañía. El contenido de los mismos puede ser muy variado y, a modo de ejemplo, podrían contener:
- El establecimiento de pactos de opción de compra de las participaciones del otro socio.
- El nombramiento de un tercero externo a los intereses de los socios, quien decida en caso de discrepancias continuadas.
- La instauración de diferentes clases de participaciones, ordinarias que concedan un solo voto y privilegiadas que concedan dos votos.
- El establecimiento de temporalidad y rotación en el órgano de administración.
Por todo lo anterior, es importante que, antes de constituir una sociedad a medias con otro socio, se dejen estipuladas las soluciones a los futuros conflictos societarios, por muy lejanos e improbables que parezcan en el momento.
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